Resulta importante señalar que las personas en mención no aportaron las pruebas que desvirtuaran el incumplimiento de los hechos imputados durante el proceso jurídico correspondiente, y por lo tanto han sido notificadas de la sanción antes mencionada dentro de los términos legales.
Es lamentable que la Ley de Responsabilidades estatal no se encuentre acorde a su parte federal en lo referente a los términos de las sanciones, que van en ciertos casos hasta los 20 años de inhabilitación.
La evolución natural de las instituciones, exige redefinir los límites de las responsabilidades a que son sujetos los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, que contribuyan a la transparencia de los actos de gobierno y a la rendición de cuentas.
Por lo anterior, el régimen de responsabilidades administrativas debe reorientar el marco normativo que lo regula para establecer figuras procedimentales bien definidas que permitan sancionar al servidor que a través de su actuar, afecta el desarrollo normal de la administración pública, la prestación de los servicios y que compromete, en gran medida, los intereses públicos de las instituciones gubernamentales; respetando en todo momento los derechos administrativos constitucionalmente garantizados de los servidores públicos.
Es así que derivado de un análisis profundo al marco jurídico correspondiente de la Ley de Responsabilidades Administrativas para los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, proporcionaremos al C. Gobernador Constitucional de nuestra Entidad, las propuestas de reformas correspondientes, a fin de que dentro de las atribuciones que cuenta como Titular del Ejecutivo, las promueva ante el Honorable Congreso del Estado; dejando claro que en esta administración quienes transgredan los principios rectores del servicio público se harán acreedores a sanciones más severas.
Dentro de la propuesta plantearemos también la modificación para ampliar los plazos en que opera la prescripción de las conductas en materia administrativa, además de generar los métodos de cuantificación de los posibles daños al erario público.
Con estas acciones se refrenda el trabajo institucional y siempre apegado a la legalidad por parte de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, en virtud de brindar certeza jurídica administrativa y aplicar las sanciones correctivas correspondientes.